Las Leyes

Proponen reforzar requisitos de ingreso y permanencia para policías en BC

La reforma actualiza la legislación estatal para impedir el ingreso o permanencia de personas con antecedentes de violencia, delitos graves o incumplimiento de obligaciones alimentarias


El diputado Ramón Vázquez Valadez, sometió a consideración del Pleno la Iniciativa de reforma. El diputado Ramón Vázquez Valadez, sometió a consideración del Pleno la Iniciativa de reforma.

21 de diciembre de 2025

POR: Hiptex

MEXICALI.- El diputado Ramón Vázquez Valadez, sometió a consideración del Pleno la Iniciativa de reforma al artículo 116 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, con el objeto de reforzar los requisitos de ingreso y permanencia de las instituciones policiales.
En su exposición de motivos, el legislador señaló que la propuesta de reforma pretende armonizar el contenido de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana con el Decreto por el que se expidió la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada el 16 de julio de 2025, particularmente en el componente relativo a requisitos de ingreso y permanencia.
Destacó que estos ajustes resultan acordes con una premisa que ha impulsado en otros niveles del sector público: imponer la obligatoriedad del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ramón Vázquez remarcó la urgencia de actualizar la norma estatal para cumplimentar dichos requisitos tanto para quienes busquen ingresar como para quienes se sometan a procesos de permanencia en las instituciones policiales de Baja California.
La iniciativa incorpora nuevos criterios que deberán observarse para el ingreso y permanencia en las instituciones policiales, uno de ellos es no tener en su contra sentencia ejecutoria que imponga la suspensión de la ciudadanía.
También se establece no contar con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica; violación a la intimidad sexual; o por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Asimismo, se plantea no haber participado, favorecido o encubierto violaciones graves a los derechos humanos, ni tener historial o antecedentes como victimario de violencia contra mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas adultas mayores, ni haber cometido abuso o maltrato animal, así como no estar declarada como persona deudora alimentaria morosa.


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