Las Leyes
“Ley Antimemes: el riesgo no son los memes, es algo mayor”: Lic. Estefanía Campos
Estefanía Campos advierte que la “Ley Antimemes” comprende dos reformas: una sanciona uso comercial de elementos oficiales y otra impone políticas a proveedores de internet
La preocupación es la imprecisión que podría restringir la libertad de expresión.
TIJUANA.- Para la Presidenta de la Barrade Abogadas Lic. María Sandoval de Zarco, A.C., Lic. Estefanía Campos García, la llamada “Ley Antimemes” no es una sola ley, sino el nombre que se ha dado a dos reformas: una modifica la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Código Penal Federal; la otra, la Ley Federal del Derecho de Autor y las obligaciones de los proveedores de internet.
La primera busca sancionar el uso, a escala comercial, de elementos oficiales para engañar y cometer un delito. Combatir el fraude es legítimo, pero una página falsa para cobrar por un trámite inexistente es muy distinta de una caricatura o una parodia política. Conceptos como “a escala comercial” deben delimitarse con claridad, sobre todo cuando se prevén prisión y multas.
La segunda reforma plantea que los proveedores de internet tengan políticas para terminar el servicio a usuarios reincidentes en infracciones de derechos de autor. Una persona podría compartir una foto, canción o video protegido sin saberlo. Por eso hay que preguntar: ¿quién determina la infracción y la reincidencia?, ¿con qué procedimiento?, ¿podrá defenderse antes de perder el servicio? Tampoco sería adecuado que los proveedores retiraran contenidos preventivamente para evitar sanciones.
“El riesgo no es que estas reformas prohíban todos los memes; no lo hacen. La preocupación es que normas poco claras o demasiado amplias restrinjan expresiones legítimas y generen autocensura. La comedia, la parodia, la sátira, el periodismo y la crítica política también son formas de ejercer la libertad de expresión y deben protegerse expresamente”, externó la Presidenta de la Barra de Abogadas Lic. Ma. Sandoval de Zarco.
El artículo 1.º constitucional obliga a las autoridades a garantizar los derechos humanos bajo el principio de progresividad: avanzar en su protección y evitar retrocesos injustificados. Además, las normas que imponen sanciones deben describir con suficiente precisión las conductas y sus consecuencias para dar certeza y evitar arbitrariedades, como ha señalado la Suprema Corte.
La reforma sobre identidad institucional fue aprobada por ambas cámaras y enviada al Ejecutivo para su publicación. La de derechos de autor fue aprobada por Diputados y sigue pendiente en el Senado.
“Combatir el fraude y proteger los derechos de autor no debe debilitar la libertad de expresión, el debido proceso ni la certeza jurídica. El riesgo mayor no está en el meme: está en permitir que una ley imprecisa decida hasta dónde podemos expresarnos”, finalizó.
TAGS
TE PUEDE INTERESAR